Asilo y Ayuda Humanitaria
Si se ha visto afectado por la persecución o los desastres naturales en su país de origen, emergencias médicas; u otras situaciones perjudiciales, como la violencia doméstica, hay una serie de programas humanitarios y protecciones disponibles para usted. A lo largo de la historia, los Estados Unidos han ofrecido protección a las personas que han sido perseguidas en sus países de origen. Si huye de una persecución pasada o tiene miedo a una futura persecución, puede ser elegible para presentar una solicitud de asilo, retención de expulsión o para protección bajo la Convención contra la Tortura.
El asilo puede otorgarse a personas que ya están en los Estados Unidos que no pueden o no desean regresar a su país de origen como resultado de una persecución o un temor fundado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad o pertenencia a un grupo social. (incluida la orientación sexual) u opinión política. Si le otorgan asilo, se le permitirá vivir y trabajar en los Estados Unidos. Podrás solicitar la residencia permanente un año después de que te otorguen el asilo.
Para las personas cuyos países de origen han tenido desastres naturales o una guerra civil, puede haber protección en los Estados Unidos mediante la presentación de una solicitud de Estatus de Protección Temporal. Existen requisitos específicos para esta protección y la protección puede estar disponible, incluso si no la presentó durante el período de elegibilidad inicial. Debe consultar con un abogado de inmigración con experiencia en Hurst Immigration, PLLC para determinar si califica.
También hay protección disponible para las personas que han sido víctimas de ciertos crímenes cometidos en los Estados Unidos. La protección está disponible bajo la forma de una visa U-no inmigrante para víctimas de violencia doméstica, violación, asalto sexual, agresiones criminales y otros delitos similares. Para aquellos que califican para una visa U-no-inmigrante, la protección también puede estar disponible no solo para las víctimas directas, sino también para cualquier víctima indirecta. Si se aprueba su solicitud, recibirá la autorización de trabajo y el estado legal por cuatro años. En el tercer año de su estado, puede ser elegible para solicitar el estado legal de residente permanet. El proceso para solicitar una visa U-no inmigrante puede ser confuso. Llámenos hoy para asistencia. Tenemos experiencia en la presentación de solicitudes de visas U para no inmigrantes.
La violencia doméstica es un problema grave en las comunidades. Esto puede ser especialmente cierto para los inmigrantes que están casados con ciudadanos de EE. UU. O residentes permanentes legales. En estas relaciones, el inmigrante que está siendo abusado puede sentirse asustado o desamparado debido a su estatus migratorio. Hay ayuda disponible Incluso si ingresó sin documentos a los EE. UU., Aún puede ser elegible para recibir protección. Dicha protección se obtendría a través de una petición presentada en virtud de la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA). Esta protección está disponible para hombres y mujeres y sus hijos que han sido víctimas de una crueldad extrema cometida por un ciudadano de EE. UU. O cónyuge o padre con residencia permanente legal. Las solicitudes aprobadas reciben autorización de trabajo y el estatus de residente legal permanente. Nuestros abogados están dispuestos a responder cualquier pregunta que pueda tener y a ayudarlo con su solicitud VAWA.
Otras formas de protección, como la T-Visa, también están disponibles para las víctimas traídas a los Estados Unidos por sexo o trabajo forzado. Para recibir el estado de no inmigrante T-1, debe ser elegible y debe cumplir con los requisitos de solicitud establecidos por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS). Para calificar para el estatus de no inmigrante T-1, una persona debe: ser víctima de una forma grave de tráfico de personas, según se define en la sección 7102 del título 22 del Código de EE. UU. (22 U.S.C. 7102); Estar físicamente presente en los Estados Unidos, Samoa Americana o la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, o en un puerto de entrada al mismo, a causa de dicho tráfico, incluida la presencia física a causa de que se permitió el ingreso del extranjero a los Estados Unidos. para la participación en procesos investigativos o judiciales asociados con un acto o un perpetrador de la trata; Es probable que sufra dificultades extremas que impliquen daños inusuales y graves al momento de la remoción; y han cumplido con cualquier solicitud razonable de asistencia en la investigación federal, estatal o local o el enjuiciamiento de actos de trata o la investigación de delitos en los que los actos de trata son al menos una razón central para la comisión de ese crimen
No tienes que sufrir solo o vivir con miedo. Los abogados de Hurst Immigration, PLLC están disponibles para ayudar.